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Comunicado:

PRODECO PRETENDE RENUNCIAR A TÍTULOS MINEROS EN EL CESAR, INCUMPLIENDO ACUERDOS Y AFECTANDO DERECHOS Y CONDICIONES DE VIDA DE COMUNIDADES LOCALES Y TRABAJADORES

#DDHHyMinería #ElHatillo | Después de casi 30 años de explotar y usufructuar las minas de carbón de Calenturitas y La Jagua y de causar graves afectaciones al territorio, el ambiente y los derechos de las comunidades, la multinacional Glencore, a través de su proyecto Grupo Prodeco en Colombia anuncia la devolución de sus títulos mineros. El país corre el riesgo de que esta empresa se vaya sin haber presentado un plan de cierre de mina, como es obligatorio, y sin resolver las problemáticas sociales y ambientales que generó a lo largo del tiempo, como lo han denunciado las comunidades y organizaciones por años. Además, la empresa pretende afectar los derechos laborales de los trabajadores con su salida, conforme a la petición que ha dirigido al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social. Asimismo, vulnera, de manera grave los derechos fundamentales de las comunidades de influencia a la explotación minera, en especial de aquellas que esperaban la realización de un reasentamiento involuntario ordenado por la autoridad ambiental desde 2010.

 

El grupo empresarial Prodeco, filial de la multinacional suiza Glencore, anunció públicamente el 4 de febrero de 2021 su decisión de solicitar a la Agencia Nacional de Minería (ANM) la devolución de sus títulos mineros a la República de Colombia. Esta determinación empresarial obedece al declive que, en los últimos años, ha tenido el mercado internacional del carbón térmico, especialmente en 2020 con la crisis generada por la pandemia del covid-19; y, de otro lado, responde a las presiones corporativas sobre el Estado colombiano para conseguir decisiones favorables relativas a procesos administrativos y judiciales necesarios para implementar los planes empresariales de desarrollo minero, como, por ejemplo, la ampliación de áreas de desecho de residuos del carbón en el territorio étnico del pueblo Yukpa. Lo anterior, en un contexto de poca o nula legitimidad de la actuación de la empresa y acusaciones de falta de diligencia debida, corrupción, contaminación ambiental, vulneración de derechos humanos y vínculos con el paramilitarismo [1] [2].

 

La decisión de Prodeco se suma a la de Colombia Natural Resources (CNR), parte de Murray Energy de los Estados Unidos [3] , de someterse a un proceso de reorganización empresarial, acogiéndose a lo estipulado en la Ley 1116 de 2006 (Régimen de insolvencia), decisión que fue aceptada por la Superintendencia de Sociedades el pasado 11 de noviembre de 2020, mediante el Auto 2020-01- 593216.

 

Estos anuncios suscitan serias inquietudes acerca de la ruptura de las obligaciones legales de estas empresas, tanto de carácter ambiental y socioeconómico, como respecto de los impactos que tendrá para las comunidades aledañas a las minas, las personas trabajadoras y las finanzas públicas en el departamento del Cesar. Preocupa la abrupta decisión, especialmente dada la ausencia de un plan de cierre progresivo y respetuoso de los estándares internacionales basados en derechos y garantes de una transición justa, pues una salida desordenada generará, sin duda, graves perjuicios para las comunidades de municipios como El Paso, La Jagua de Ibirico, Agustín Codazzi, Chiriguaná y Becerril, quienes fueron creando dependencia de sus ingresos de la actividad minera y se han visto afectadas directa o indirectamente por la economía del carbón.

 

La incertidumbre por el cierre de las operaciones de estas dos minas se manifiesta especialmente en los procesos de reasentamiento pendientes en la zona centro del Cesar, para las comunidades de Boquerón (municipio de la Jagua de Ibirico) y de El Hatillo (municipio de El Paso). Dichos reasentamientos fueron ordenados por el propio Estado en el año 2010, debido a los altos niveles de contaminación del aire como consecuencia de las operaciones mineras de CNR, Prodeco y Drummond. En el caso del proceso de reasentamiento de la comunidad de El Hatillo, tras más de 10 años de esfuerzos comunitarios por llegar a un proceso de concertación, en el año 2018 se acordó un Plan de Acción para el Reasentamiento (PAR), en cumplimiento de las órdenes del Ministerio de Ambiente contenidas en las Resoluciones 970 y 1525 de 2010, que en estos momentos queda en alto riesgo por las decisiones empresariales mencionadas.

 

La decisión de CNR en 2020 ya tuvo efectos negativos inmediatos en el proceso de reasentamiento de esa población, pues la implementación del PAR quedó suspendida desde octubre de ese año, debido al congelamiento de los recursos destinados para su implementación, por cuanto la Ley 1116 de 2006 prohíbe de manera expresa hacer pagos o arreglos relacionados con sus obligaciones hasta que se surta el procedimiento administrativo. Con la decisión del Grupo Prodeco de renunciar a sus títulos mineros, el PAR entra en un nuevo limbo jurídico, pues las obligaciones de las empresas han quedado supeditadas a las decisiones de la Superintendencia de Sociedades y de la Agencia Nacional de Minería; dado que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), que debe hacer seguimiento del cumplimiento de las obligaciones emanadas de las Resoluciones 970 y 1525 de 2010, ha expresado su falta de competencia para atender los asuntos relacionados con la situación financiera de las empresas, basada en un mandato ambiental.

 

Este escenario de ausencia de responsabilidad de las instituciones mencionadas evidencia un claro incumplimiento de las obligaciones que el Estado colombiano y estas compañías adquirieron con las comunidades de Boquerón, Plan Bonito y El Hatillo. Por ejemplo, en la comunidad del Hatillo desde que se firmó el PAR, sus habitantes se encuentran en una gravísima crisis humanitaria, debido a la pérdida de acceso a sus medios de vida anteriores, relacionados con la vocación productiva agropecuaria, la falta de inversiones estatales y una situación creciente de inseguridad alimentaria.

 

Es obligación del Estado colombiano proteger y garantizar los derechos de las comunidades que han sido afectadas históricamente por la minería de carbón a cielo abierto. Por esta razón, y con base en lo expuesto anteriormente, las organizaciones y personas que suscribimos este comunicado exigimos:

 

● Ante la solicitud de renuncia a los cinco contratos mineros [4] que entra en estudio de la Agencia Nacional de Minería (ANM), instamos al Ministerio de Minas y Energía a velar por el adecuado cumplimiento de los mandatos legales, y del código de minas, como Ley especial, que prevén como requisito para reconocer la viabilidad de la renuncia a títulos “estar a paz y salvo con las obligaciones exigibles al tiempo de solicitarla” (Artículo 108) y “hacer las obras y poner en práctica todas las medidas ambientales necesarias para el cierre o abandono de las operaciones, así como el pago de la garantía ambiental por tres (3) años más, a partir de la fecha de terminación del contrato.” (Artículo 209).

 

● Que dicha revisión incluya una evaluación rigurosa del cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales derivadas de los contratos mineros, entre las cuales se contemplan las obligaciones ambientales, sociales y económicas, así como los acuerdos que han firmado con las comunidades locales y las entidades territoriales, especialmente en lo que corresponde a la materialización de los Planes de Acción para el Reasentamiento.

 

● Instamos a que se analice si la empresa Glencore, a través de su filial Grupo Prodeco ha incurrido en una o varias de los causales de caducidad contractual (Artículo 112 del Código Minero), en particular por la suspensión no autorizada de trabajos y obras por más de seis meses, pese a la respuesta negativa de la ANM a las solicitudes de suspensión de actividades radicadas y recurridas durante 2020.

 

● En el mismo sentido, urge abrir un debate jurídico y político sobre los resultados negativos de los proyectos mineros de carbón como motor del desarrollo en el país y al nivel regional; además, analizar el estado de las obligaciones de los planes de cierre minero, en donde se considere la modificación y activación de los planes temporales de cierre, de modo que se discutan y se adopten decisiones adecuadas para garantizar la participación de las comunidades afectadas y también la proyección de acciones y responsabilidades en la reparación integral de los daños ambientales, sociales y económicos de la explotación minera. Todo ello, en perspectiva de una transición socioecológica justa y participativa, que garantice un abandono económico del extractivismo en estas regiones y que permita el tránsito hacia la construcción de iniciativas sustentables de vida para estas comunidades y sus territorios.

 

● Instamos a un diálogo amplio entre el Gobierno y las comunidades, para discutir las condiciones y requerimientos sociales, ambientales y económicos necesarios para atender los procesos de cierre. En especial, en lo que respecta al manejo y gestión de pasivos ambientales, por los daños a perpetuidad que esta actividad deja, ya que serán los territorios quienes convivan con estas problemáticas.

 

● Exigimos un firme y eficaz pronunciamiento del Estado para esclarecer cómo se hará el manejo de dichos daños y pasivos ambientales, quiénes serán los entes responsables de la rehabilitación y restauración de las áreas afectadas y qué implicaciones tiene esto para la salud y el bienestar de las comunidades y los trabajadores. Es inadmisible que las empresas trasnacionales, después de décadas de extracción de minerales y de violación de derechos humanos y ambientales pretendan abandonar las minas y el país en total impunidad.

 

● Solicitamos que las autoridades convoquen, en el menor tiempo posible, a las comunidades y sus voceros reconocidos, para informarles de la situación actual y construir, de manera participativa, una ruta de cierre, escuchando sus preocupaciones y dando respuestas institucionales efectivas. Urgimos que estas acciones se cumplan con las medidas necesarias para evitar amenazas de muerte, hostigamiento e intimidación a las comunidades.

 

● Instamos al Ministerio del Trabajo, para que sea garante de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores frente a la solicitud de despido masivo que radicó el Grupo Prodeco.

 

● Finalmente, esperamos la pronta citación del Comité Operativo presidido por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), para resolver la crisis por la que atraviesan los procesos de reasentamiento de las comunidades de El Hatillo y Boquerón.

Suscriben las organizaciones:

Pensamiento y Acción Social (PAS)

CENSAT AGUA VIVA - Amigos de la Tierra Colombia

Centro de Alternativas al Desarrollo (CEALDES)

Fundación Chasquis

Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR)

Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)

Observatorio de Expansión Minero-Energética y Re-existencias

Grupo Derecho y Política Ambiental Universidad Nacional de Colombia

Asociación MINGA

Proceso de Comunidades Negras (PCN)

Centro de Investigación y Educación Popular - Programa por la Paz (Cinep-PPP)

Comité Cívico por los Derechos Humanos del Meta (CCDHM)

Comisión Intereclesial de Justicia y Paz Red de Comunidades Construyendo Paz en Colombia (CONPAZ)

Corporación de Apoyo a las Comunidades Populares (CODACOP)

Movimiento Social en defensa de los Ríos Sogamoso y Chucuri

Mesa Departamental de Derechos Humanos y Territorios del Cesar

PAX

Asociación Colombia Profunda

Asociación de campesinos víctimas del conflicto armado en Aguas Blancas y Mariangola (ASOGUAMAR)

Asociación de parceleros del Toco (ASOCOMPARTO)

Asociación de campesinos y comunidades sin tierra del Cesar (ASOCAMTICE)

Sindicato Nacional de la Industria Metalúrgica (SINTRAIME)

Seccional la Jagua de Ibirico Sindicato Nacional de la Industria Metalúrgica (SINTRAIME)

Seccional la Soledad Sindicato de Trabajadores de la Industria del Carbón (SINTRACARBON)

Nacional Sindicato de Trabajadores de la Industria del Carbón (SINTRACARBON) Seccional la Jagua de Ibirico

Mesa Social Minero Energética y Ambiental por la Paz

Sindicato Nacional de Trabajadores de Chaneme (Sintrachaneme)

Comité Sindical y Popular del Corredor Minero Asociación por la Dignidad de los Derechos Agrarios (DIGNIAGRARIOS)

Comité Cívico por la Defensa del Agua el Territorio y los Ecosistemas de Curumaní

Colectivo Ambiental La Totuma

Mesas de Trabajo de la Jagua de Ibirico

 

Suscriben las personas:

IVÁN CEPEDA CASTRO, Senador de la República

WILSON ARIAS CASTILLO, Senador de la República

JESÚS ALBERTO CASTILLA SALAZAR, Senador de la República

ANTONIO ERESMID SANGUINO PÁEZ, Senador de la República

ANGÉLICA LOZANO CORREA, Senadora de la República

GUSTAVO BOLÍVAR MORENO, Senador de la República

FELICIANO VALENCIA MEDINA, Senador de la República

AIDA AVELLA, Senadora de la República

JORGE LONDOÑO, Senador de la República

IVÁN MARULANDA, Senador de la República

CRISELDA LOBO SILVA, Senadora de la República

PABLO CATATUMBO TORRES, Senador de la República

MARÍA JOSÉ PIZARRO, Representante a la Cámara

ABEL DAVID JARAMILLO LARGO, Representante a la Cámara

LEÓN FREDY MUÑOZ, Representante a la Cámara

CESAR PACHÓN, Representante a la Cámara

JAIRO CALA SUÁREZ, Representante a la Cámara

DAVID RACERO, Representante a la Cámara

_____________

1 Ver: “¿Cuáles son las intenciones de Prodeco?” Agencia de Información Laboral En: https://ail.ens.org.co/noticias/cuales-son-las-intenciones-deprodeco/ y “Prodeco, filial de Glencore, abandona la explotación de carbón en Colombia” Swissinfo.ch En: https://www.swissinfo.ch/spa/colombiaminer%C3%ADa_prodeco--filial-de-glencore--abandona-la-explotaci%C3%B3n-de-carb%C3%B3n-en-colombia/46345794

2 Montoya-Domínguez, E. 2018. La extracción de carbón en el centro del Cesar, Colombia: apuntes para la comprensión del conflicto ambiental. Gestión y Ambiente 21(supl. 2):62-73.

3 En octubre de 2019 Murray Energy entró en proceso de reestructuración empresarial al declararse en bancarrota en los EEUU. En el 2020 se crea la nueva compañía American Consolidated Natural Resources Inc., con el propósito de comprar los activos y licencias de Murray Energy. CNR figura como uno de sus acreedores en el proceso de bancarrota. Ver: Acuerdo con la Comisión de Regulación Nuclear de los Estados Unidos (Agosto 14 del 2020) https://www.nrc.gov/docs/ML2023/ML20230A351.pdf

4 Mina la Jagua: (Contratos: 285/95 (CDJ), 132/92 (CET), 109/90 (CMU) y DPK-141 (CDJ)) y Mina Calenturitas (Contrato de Concesión Minera 044 de 21 de febrero de 1989)

 

Adjuntamos comunicado:

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