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16 de agosto de 2020

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Emprendedurismo rural

y su desprecio a lo campesino

Christian Mantilla

El pasado 11 de agosto de 2020 se realizó el encuentro virtual Los jóvenes crean futuro para el campo colombiano, espacio organizado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR) y la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) en el marco de la semana de la juventud, liderada por la Consejería Presidencial para la Juventud.

En este encuentro Ana Cristina Moreno Palacios, Presidenta de la ADR, se atribuyó la potestad de definir qué es ser campesino, mostrando gran desprecio y desconocimiento de los avances en materia de reconocimiento de los derechos de esta población, como sujetos de especial protección. La presidenta de la ADR afirmó: “hoy en Colombia tenemos que decir qué es una definición de campesino. Yo creo que, para los jóvenes, el reto y el sueño no es ser campesinos. En la nueva definición en Colombia de ese sueño, es ser emprendedores del campo, y ahí es donde queremos enfocar entonces toda la oferta institucional” (Moreno Palacios, 2020).

 

Esta funcionaria ofende con su incompetencia al tratar de copiar recetas de políticas rurales de países desarrollados. Con este discurso oculta, quizá, su desconociendo o incapacidad para comprender las dinámicas sociales, económicas y políticas de la ruralidad en Colombia, determinadas históricamente por el conflicto armado y la desigualdad en la estructura de la propiedad agraria.

 

Si uno mira países desarrollados, uno encuentra hoy agricultores de esos países que ni siquiera tocan la tierra, que ya están hablando de unos desarrollos con biotecnología y otras, que nos tienen que motivar precisamente, desde el campo, desde la innovación, desde la tecnología, precisamente, a que ese sea el camino de la nueva agricultura de nuestro país. Esos son unos pasos que tenemos que ir dando desde ya, por eso nuestra oferta tiene que estar cada día más cerca de ustedes para llevar a nuestro país por esa senda. (Moreno Palacios, 2020).

 

Declaraciones como las que hace la señora Moreno Palacios perpetúan las representaciones del campesinado asociadas históricamente a la pobreza, la ignorancia y la improductividad. Sobre éstas se siguen justificando políticas de desarrollo rural aparentemente modernizadoras, que poco o nada han contribuido al mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y más bien han sido excusa para reproducir las lógicas de despojo de tierras y acumulación de capital en manos de unos cuantos. Con estas declaraciones se está desconociendo el rol y la capacidad del campesinado de impulsar las transformaciones sociales y económicas necesarias, no solo para el campo, sino para el país en su conjunto.

 

En la última década hemos asistido al redescubrimiento de la ruralidad y del campesinado como sujeto político. Representaciones como las de Moreno Palacios han sido confrontadas por el campesinado mismo, entre ires, venires y revueltas, con reivindicaciones de carácter económico asociadas a problemas redistributivos (acceso a la tierra vía reforma agraria) y reivindicaciones políticas asociadas a problemas de reconocimiento (identidad y autodeterminación). En este escenario, se viene disputando el ordenamiento del sistema social y jurídico, a través de la movilización, la incidencia y producción de conocimiento. A su vez, esta disputa ha ensanchado los marcos de comprensión de la cuestión rural e influido en las orientaciones de las políticas públicas, lo cual se evidencia en los siguientes referentes.

En 2012, el Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) publica el Cuaderno El Campesinado: reconocimiento para construir país, donde hizo un llamado a reconocer al campesinado como un sujeto histórico, determinante en el desarrollo del sector agropecuario y en la seguridad alimentaria del país. Además, de reconocer sus contribuciones en la configuración de la sociedad colombiana:

 

[Los campesinos] han sido vitales en la organización de la sociedad rural y protagonistas en las luchas por la tierra; son un actor esencial en la diferenciación cultural; han constituido una base histórica de partidos políticos tradicionales y de nuevos movimientos políticos, y han nutrido corrientes migratorias hacia procesos de modernización (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo & Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, 2012, p. 17).

 

En 2013 en Colombia, pequeños y medianos productores del campo irrumpieron en el escenario político con el Paro Nacional Agrario y Popular (PNAP), trayendo a la discusión pública viejas y renovadas reivindicaciones. Además de exigir planes de alivio a las deudas y reducción de precios de los insumos, pusieron en discusión problemas asociados a las disputas por la vocación del suelo, la defensa de los bienes comunes, la soberanía alimentaria y el reconocimiento del campesinado como sujeto de derechos, así como su lugar en la definición de las políticas públicas.

 

El protagonismo alcanzado por el PNAP hizo que las pregun­tas por cómo entender, qué hacer y hacia dónde dirigir el campo colombiano cobraran una vigencia renovada (Salcedo et al, 2013) y que sus respuestas no pudieran ser enunciadas fácilmente desde el viejo paradigma de la modernización y del desarrollo agropecuario y, menos aún, sin contar con un amplio conjunto de actores rurales. (García & Mantilla, 2018, p. 358)

 

En 2018, la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales. Este histórico  reconocimiento del campesinado en el sistema internacional de los Derechos Humanos, fue el resultado de su acción política que, en cabeza de La Vía Campesina (LVC), construyó las bases de la Declaración y presionó mediante la movilización y la incidencia política (Mantilla Monsalve, 2019). En sus consideraciones, esta Declaración resalta las contribuciones de los campesinos al bienestar de la humanidad y en asuntos urgentes como las crisis alimentaria y ambiental.

 

Reconociendo también las contribuciones pasadas, presentes y futuras de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales en todas las regiones del mundo al desarrollo y a la conservación y el mejoramiento de la biodiversidad, que constituyen la base de la producción alimentaria y agrícola en todo el mundo, y su contribución para garantizar el derecho a una alimentación adecuada y la seguridad alimentaria, que son fundamentales para lograr los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluida la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. (Consejo de Derechos Humanos, 2018)

 

La Declaración, pese a ser es un instrumento jurídico no vinculante y que el Estado colombiano se abstuviera de votarla, es un referente y una obligación moral, puesto que expresa un consenso ético y político de la comunidad internacional. Traza principios orientadores respecto de los derechos del campesinado que deben ser considerados y desarrollados por los Estados en sus marcos jurídicos nacionales.

 

Más recientemente, el 24 de marzo de 2020, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) presentó los resultados de la Encuesta de Cultura Política que incluyó preguntas relacionadas con la población campesina. Esta primera encuesta es el resultado de la acción de tutela presentada por 1.770 campesinas y campesinos en noviembre de 2017. La Corte Suprema de Justicia, respondiendo a las pretensiones, emite la sentencia STP2028-2018 la cual ordena al Estado emprender acciones para la inclusión del campesinado en las estadísticas nacionales, fundamentales para la formulación de políticas públicas adecuadas territorial y culturalmente.

 

HACER UN LLAMADO DE ATENCIÓN […], con el fin de que, en el marco de sus competencias, elaboren estudios complementarios al Censo Agropecuario 2014 y al Censo Poblacional 2018 que permitan delimitar a profundidad el concepto “campesino”, contabilizar a los ciudadanos que integran ese grupo poblacional y además que, en cabeza del Grupo de Asuntos Campesinos del Ministerio del Interior, se identifique la situación actual de la población campesina. (Corte Suprema de Justicia, 2018)

 

El 31 de julio pasado, la Procuraduría General de la Nación (PGN) convocó la Audiencia Pública por la Tierra, el Territorio y el Campesinado. El Procurador tuvo la oportunidad de reiterar lo expresado en la Directiva 007 de 2019,  en la que hace un llamado al Gobierno Nacional y a los mandatarios territoriales a reconocer y garantizar los derechos del campesinado, como sujeto de especial protección. Exhortó al Gobierno, a diseñar de manera participativa e implementar de manera eficaz una política pública para este sector, de acuerdo al propio compromiso del Gobierno de Iván Duque en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”:

 

ARTÍCULO 253. POLÍTICA PÚBLICA DEL SECTOR CAMPESINO. El Gobierno nacional construirá una política pública para la población campesina. El proceso de elaboración de dicha política se realizará a partir de la recolección de insumos de diferentes espacios de participación que in­cluyan a las organizaciones campesinas, la academia y las entidades especializadas en el tema campesino, se tendrán en cuenta los estudios de la Comisión de Expertos del campesinado, entre otros. 

 

El proceso será liderado por el Ministerio de Agricultura con el acompañamiento del Ministerio del interior y el Departamento Nacio­nal de Planeación. 

 

Parágrafo. Una vez sancionada la presente Ley se iniciará la cons­trucción de la ruta de elaboración de la política pública del sector cam­pesino. (Ley 1955, 2019)

 

Ana Cristina Moreno Palacios, con las declaraciones hechas en el encuentro virtual Los jóvenes crean futuro para el campo colombiano, desconoce los estándares, obligaciones y compromisos que en materia de derechos del campesinado se han desarrollado en el ámbito internacional y nacional en la última década. Esta funcionaria, quien preside una de las entidades estatales más importantes del sector agropecuario, parece apelar al discurso del emprendedurismo y la innovación para adornar el menosprecio por lo campesino y ocultar su incapacidad para dirigir políticas públicas, programas y proyectos adecuados al desenvolvimiento histórico del campesinado como sujeto de derechos.

___________________________

 

Christian O. Mantilla Monsalve*.

Abogado defensor de derechos humanos. Asesor jurídico del equipo de Territorios y Derechos Humanos de la ONG Pensamiento y Acción Social (PAS).

Referencias

Consejo de Derechos Humanos. (2018). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los campesinos y de otras personas que trabajan en las zonas rurales. Asamblea General de las Naciones Unidas. https://undocs.org/pdf?symbol=es/A/HRC/WG.15/5/3

 

García Aguilera, J. A., & Mantilla Monsalve, C. O. (2018). Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular. Transformaciones de lo público desde los movimientos sociales rurales en colombia. En Las disputas por lo público en América Latina y el Caribe (Primera, pp. 357-392). CLACSO.

 

Ley 1955, Pub. L. No. Ley 1955 (2019). http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1955_2019.html

 

Mantilla Monsalve, C. O. (2019). La nueva carta de derechos de los Campesinos. https://www.academia.edu/38789117/La_nueva_carta_de_derechos_de_los_Campesinos?auto=download

 

Moreno Palacios, A. C. (2020, agosto). Conversatorio «Los jóvenes crean futuro para el campo colombiano». https://www.youtube.com/watch?v=GSDKsv1Jd6k

 

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, & Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. (2012). El campesinado: Reconocimiento para construir país. PNUD.

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