ACCIÓN URGENTE
- Pensamiento y Acción Social
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Consejo Comunitario del Río Guajuí
Guapi, Cauca
El día domingo 14 de diciembre del año en curso, alrededor de 300 miembros del Nuevo Estado Mayor Central, irrumpieron en la Asamblea de Elección de Conviteras y Conviteros del Consejo Comunitario del Río Guajuí, del municipio de Guapi, para constreñir el derecho a la libre elección de sus autoridades propias, conforme lo establece el Decreto 1745 de 1995.
A través de amenazas, indicaron a los participantes que, si no se elegía la misma junta directiva del Consejo Comunitario del periodo anterior, se tendrían que atener a las consecuencias. Algunas personas que se quedaron después de la llegada de los armados, tuvieron que someterse a la voluntad del grupo y firmar un acta de elección.
ANTECEDENTES
En julio de 2025, Pensamiento y Acción Social, como organización acompañante, sostuvo reuniones con la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras y la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, en las cuales se dejaron los siguientes precedentes acerca de la elección de junta directiva en el Consejo Comunitario:
Que la elección se daría, en medio de un contexto de control generalizado de la zona, por parte de los grupos armados y, específicamente, por parte del grupo Nuevo Estado Mayor Central.
Que en el Litoral Pacífico, los bonos de carbono para la reducción de emisiones, constituyen un factor de riesgo para las comunidades, pues los grupos armados acuden a liderazgos constreñidos, para obtener porcentajes de los pagos que se dan a la comunidad por medio de esa modalidad.
Se solicitó realizar observancia y veeduría en la elección de la junta directiva del Consejo Comunitario, sin que se hubiera realizado, por parte de ese ministerio, ningún tipo de acciones en ese sentido hasta la fecha.
Por otro lado, Pensamiento y Acción Social participó activamente en la construcción de la Alerta Temprana No. 013 de 2025 para los procesos electorales de 2025 y 2026 de la Defensoría del Pueblo. En su momento, solicitamos tener en cuenta la elección de los Consejos Comunitarios y sus Juntas Directivas, de conformidad con el Decreto 1745 de 1995; en razón a ello, se emite la recomendación No. 06 de la Alerta temprana en mención, en la que se recomienda a la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del Interior:
“La activación de rutas de protección diferenciada y oportuna (...) especialmente para: personas defensoras de derechos humanos, liderazgos sociales, candidaturas depueblos étnicos (Consejos comunitarios 2025), mujeres, población OSIGNH, juventudes y víctimas del conflicto.”
SOLICITUDES URGENTES
Al Gobierno de Colombia:
Solicitamos que se cumplan las garantías necesarias para los procesos de elección de las Juntas de Consejos Comunitarios, tanto en materia de seguridad como en términos del debido proceso para asegurar, como está consignado en la Ley 70 de 1993 y en el decreto reglamentario 1745 de 1995, que la elección sea representativa y tenga en cuenta las particularidades de la comunidad negra y de sus estructuras de autoridad. (Artículo 8).
A la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior:
Invalidar los resultados de la elección del Consejo Comunitario del Río Guajuí del día 14 de diciembre de 2025, por el constreñimiento que se llevó a cabo dado que nula de pleno derecho este proceso de elección.
Participar activamente como observadores y gestores de garantías para el proceso de elección de la junta directiva del Consejo Comunitario del Río Guajuí. las garantías para que las comunidades negras vivan en libertad y en paz en sus territorios, conforme a su derecho a la auto-determinación.
A la Consejero Comisionado de Paz.
Revisar el diálogo con el grupo armado (Estado Mayor Conjunto) - EMC para asegurar las garantías para que las comunidades negras vivan en libertad y en paz en sus territorios, conforme a su derecho a la auto-determinación.
A la Fiscalía General de la Nación.
Desde sus competencias, es necesario esclarecer los hechos en los que el actor armado EMC pretende imponer una junta directiva específica en el Consejo Comunitario.
A la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del Interior, la activación de rutas de protección diferenciada y oportuna que sea concertada previamente con la comunidad.
A la Defensoría del Pueblo, verificar, desde sus propias competencias y atender la situación de riesgo que se está presentando en las comunidades del Consejo Comunitario del Río Guajuí.
A la comunidad internacional y a las organizaciones sociales y defensoras de derechos humanos, rodear y participar activamente en el seguimiento y veeduría del proceso de elección de junta del Consejo Comunitario del Río Guajuí, que está poniendo en riesgo a las comunidades y personas que realizan la labor de defensa en estos territorios.
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